lunes, 7 de noviembre de 2011

¿CARCEL O ABORTO?

El periódico Desde la fe nos presenta en su portada de esta semana una pregunta provocativa: Mujeres que abortan ¿merecen la cárcel? Este cuestionamiento ha enfrentado a la sociedad mexicana en los últimos meses a propósito de las legislaciones vigentes en algunos estados de la Republica que conceden un estatuto jurídico al embrión humano desde el momento de la concepción. Sin embargo, la pregunta no deja de ser muy espinosa por todos los elementos que implica y porque muchas veces las situaciones en las que la mujer decide abortar no son nada sencillas. No siempre, en efecto, nos encontramos con la mujer maquiavélica que quiere deshacerse de un hijo por comodidad o simple interés. Con frecuencia saltan a los medios las tragedias que están detrás de ciertos embarazos sea por los riesgos a la salud, sea por las circunstancias en que el embarazo se produjo, sea por la edad o situación psicológica de la mujer embarazada. En este contexto, el periódico Desde la Fe publica una entrevista (aquí http://www.siame.mx/apps/aspxnsmn/templates/?a=5535&z=32 ) con el Cardenal Norberto Rivera Carrera, Arzobispo de la Ciudad de México, (única ciudad del país con el aborto prácticamente libre, por cierto). Esta entrevista es un testimonio de cuál es la actitud de la comunidad católica ante el drama del aborto, teniendo en cuenta que la actual legislación canónica prevé la excomunión automática a quien procura un aborto. Y quizá este podría ser el primer punto de reflexión. ¿A qué se debe este durísimo señalamiento y en qué consiste?

El Cardenal Rivera nos dice que la excomunión se aplica a los casos en que el aborto es libremente querido y con conciencia plena de lo que significa, y si el aborto se realiza, y se sabe que está penado con la excomunión, y afecta a la mujer que aborta y a las personas que cooperan para que el aborto se lleve a cabo. Aquí se nos presentan cuatro condiciones muy serias y muy claras. La primera es la libertad de la mujer, la segunda es la conciencia plena de lo que se está haciendo, la tercera es la consumación del aborto y la cuarta el conocimiento de la pena que conlleva. Estas cuatro condiciones deben sopesarse en la práctica tanto de los confesores como de las personas que hablan sobre el tema del aborto. Y de un modo especial, a mi juicio, debe sopesarse la primera condición que tiene que ver con la libertad, debido a las presiones externas o psicológicas que se sufren, así como la que se refiere al conocimiento, que por desgracia en nuestra sociedad no puede darse por supuesto. debido a las campañas de desinformación que existen. Si alguien cumpliera con las cuatro condiciones en modo pleno, se daría un apartamiento de la comunidad cristiana, y de los medios que la comunidad cristiana tiene para ofrecer la salvación, esto es lo que significa la excomunión. Ahora bien, como el mismo Cardenal anota, la finalidad de la excomunión es mover al penitente a arrepentirse, pero también desalentar la práctica de un acto que es máximamente injusto y que altera el bien común de la comunidad. Sin embargo, esto no es una condena de la persona que aborta, sino una llamada a la conversión, a la reconciliación, a la renovación, que pasa por el reconocimiento humilde del error gravísimo que se ha cometido. Al mismo tiempo, la Iglesia, como madre buena que es, sabe que el aborto lastima gravemente, en primer lugar, a la mujer que lo practica. Por esto le ofrece el bálsamo para curar las heridas que el aborto ocasiona. Ante todo el perdón de Dios. Pero también un acompañamiento para que ella misma logre perdonarse a sí misma y pueda superar los síntomas bien conocidos del trauma del aborto, lo que algunos llaman el síndrome post-aborto y que quienes lo promueven se esfuerzan en silenciar. Y sobre esto mismo añade: La malicia moral del aborto, como se sabe, está en el hecho de que se trata de la eliminación directa y voluntaria de un ser humano inocente. La Iglesia distingue entre la malicia intrínseca del aborto, lo cual quiere decir que el aborto voluntario y directo es siempre gravemente injusto independientemente de las circunstancias y justificaciones que se quieran aducir, y la responsabilidad subjetiva de quien aborta o participa en la realización de un aborto. Es evidente que en los casos en que hay plena conciencia y plena voluntariedad nos encontramos también ante una responsabilidad plena. Pero en los casos en que la voluntad o la conciencia del acto homicida que se realiza no es plena, tampoco hay plena responsabilidad. La excomunión no es un castigo que aparte de modo definitivo a nadie, sino una invitación a reflexionar sobre lo grave del comportamiento que se ha tenido. La excomunión por aborto es una de las penas en las que la Iglesia (y lo digo por mi práctica sacerdotal) abraza con mayor bondad a quienes se acercan a la reconciliación recordando aquel texto del profeta Isaías: ¿puede una madre olvidarse del hijo de sus entrañas? Pues aunque ella lo haga, YO nunca me olvidaré de ti, dice el Señor.

Por ahora quería dejar claras dos cosas. Que la excomunión no es un castigo que busque el apartamiento sino la reconciliación y que además es algo muy fácil de levantar cuando existe la voluntad de arrepentirse de lo que se ha hecho. Otra cosa muy distinta es que la Iglesia pida la cárcel o un castigo penal para las mujeres que abortan. Esto es algo que no le toca hacer a la comunidad cristiana. Lo que pide la Iglesia es que las leyes reflejen la dignidad del ser humano y que iluminen las conciencias para que se puedan evitar las acciones que son gravemente injustas. Así lo dice el Cardenal Rivera: estando firme que el Estado busca una sociedad justa. En consecuencia el aborto, como cualquier otro homicidio debe estar claramente identificado como un delito que altera el bien común social, con sus respectivas sanciones. Es el estado el que tiene que buscar cuales son los medios legales para evitar el tremendo daño que derrama sobre su vida la mujer que aborta. Y es muy posible que la cárcel no deba ser uno de ellos.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Querido Padre Cipriano, concuerdo con usted, sin embargo, en algunos casos es tan responsable del aborto la mujer, como el hermano mayor que viola a la hermana, o el padre a su hija, o el esposo a su mujer, etc. ellos también se merecen la excomunión, no es justo que la mujer cargue con el castigo sola, no se en esos casos que opina la Iglesia, pero si no, pienso que debería reformarse en este sentido, pues en países como México tan machistas e ignorantes, estos casos están a la orden del día, y muchas veces estamos hablando de niñas de 12 o 13 años. ¿Quién es mas responsable del aborto aquí la niña o el adulto abusador? Saludos

Cipriano Sanchez dijo...

tienes toda la razón. a veces el peso se le pone por completo a la mujer cuando ella es solo una pieza en este siniestro ajedrez. te agradezco tu anotacion que no carece de razon.

TJ Linda dijo...

Lo felicito P. Cipriano por la claridad de sus artículos. Este artículo esclarece muy bien este tema. Muchos artículos que tratan el aborto se quedan en la superficialidad. Gracias por mostrar la prioridad que la persona tiene en la doctrina de la Iglesia y la caridad y el amor que siempre prevalecen hacia el pecador denunciando sin embargo firmemente el mal en que se incurre cuando se actúa en contra de un inocente.Me gustaron mucho las precisiones que usted hizo sobre la excomunión; su objetivo y el hecho de que no sea para siempre sino una llamada a la conversión. Lo animo para que continúe en tan valiosa misión que usted tiene para seguir escribiendo sobre estos temas tan necesarios para nuestra sociedad.